domingo, 9 de septiembre de 2012

¡Quieran los estudiantes votar!

Foto: Martín Testa 


En el centenario de la Ley Saénz Peña -producto de las tres reuniones, en la casa de Manuel Paz, en donde surge el acuerdo entre Hipólito Yrigoyen y Roque Saenz Peña, ambos graduados de la actual Facultad de Derecho UBA, que permite la transformación política argentina- y en la semana de elecciones estudiantiles 2012, hacemos este comentario, a modo de humilde aporte, con un claro objetivo dirigido al porvenir, de cara al año 2016 y aún más alla.

Al hablar de la participación estudiantil no podemos dejar de aproximarnos al centro del país, más precisamente a Córdoba, en los tiempos de 1918, ya que esta reforma tuvo efectos en todo el país como así también en otros países americanos. 

Algunos de postulados más relevantes de la Revolución Estudiantil de Córdoba son:

Autonomía de las Universidades (es decir, que el rector no sea decidido por decreto del Presidente de la República)

Gobierno Tripartito (Profesores + Estudiantes + Graduados, en el órgano de gobierno de la Universidad)

Profesores por Concursos (Elección por concurso de oposición y antecedentes, de forma obligatoria, aunque esto en la UBA ya se venía implementando no en forma obligatoria, como por ej, el caso del Dr. Tomas Peron, designado por concurso en la década del '70)

Extensión Universitaria (Es decir, se propicia la integración de la Universidad hacia adentro pero así también hacia afuera, ya que no tenía que estar alejada de la realidad social)

Sin embargo, al aproximarnos a estos audaces postulados de participación estudiantil, es dable recordar que la actual Facultad de Derecho UBA, una vez más, fue precursora de la revolución de 1918. 

Como señalan algunos profesores, en 1903/04 en la UBA se produce una reforma que no es la primera, pues la primera rebelión estudiantil había sido en la reforma de 1871. Es decir, 1871 y 1903 serían las grandes reformas de la UBA, precursoras y anteriores a la reforma de Córdoba de 1918(Ver: Ortiz, Las reformas antes de la reforma).

Si bien no alcanzaron la proyección internacional de la reforma de 1918, ambas tuvieron sus consecuencias: entre otras, la reforma de 1871 deriva  en lineas generales en el decreto que crea en 1874 la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales (continuadora de su antecesor, Departamento de Jurisprudencia); y la reforma de 1903 deriva en el gobierno de los profesores y la creación, en 1905, del Centro de Estudiantes de Derecho, uno de los primeros centros de toda la UBA.

Para ir finalizando, no podemos dejar de mencionar que como es sabido las disposiciones electorales producto del acuerdo entre radicales y conservadores conocida como "Ley Saenz Peña", se refiere al voto universal de la época (es decir, sólo masculino), aunque la actual Facultad de Derecho UBA ya era, en 1875, precursora por los derechos civiles de las mujeres y aquí es dable mencionar el aporte de la Lic. Ana María Cabrera sobre la tesis doctoral de Cristian Demaria.

"Se ve, pues, que la condición de la mujer está íntimamente ligada a la organización de los pueblos, y por decirlo así, en el seno de la mujer es donde reposan las costumbres y las virtudes de las naciones, o en otros términos, la libertad y la civilización del género humano". (SPHFD, Conferencia sobre Cristián Demaria, a cargo de la Lic. Ana María Cabrera).

¡Espero que sigamos, Navegando Derecho!


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